Los progenitores han sido condenados por no adoptar las medidas necesarias para que el menor, en edad escolar obligatoria, de 6 a 16 años, ejerciera su derecho a la educación.
Tras la derivación del caso por parte el centro educativo de referencia, desde los Servicios Sociales se puso en marcha el protocolo de absentismo escolar establecido. Se mantuvieron varias entrevistas e intervenciones con los progenitores, informándoles de las obligaciones que tienen respecto de sus hijos inherentes a la patria potestad, así como de las consecuencias derivadas del incumplimiento de dichas obligaciones. Aun así, éstos no regularizaron la escolarización del menor.
Comparecieron el lunes 5 de marzo en el Juzgado de lo Penal de Algeciras los técnicos de los centros educativos y de los Servicios Sociales del Ayuntamiento, llegándose a un acuerdo de conformidad entre el fiscal y los abogados de los padres denunciados, de manera que los progenitores deberán abonar una multa, cuya cuantía mínima suele fijarse en 510 euros a cada progenitor, dado que la pena mínima por el delito de abandono de familia es de 6 meses de multa, oscilando el importe en función de la cuota diaria establecida.
No obstante, la teniente de alcalde Asunción Barranco considera que pese a los esfuerzos de todos los sectores implicados (centros educativos, Servicios Sociales y Policía Local a través de la Unidad de Agentes Tutores), los castigos que se imponen son mínimos en relación con el daño que se da a los menores.