El colectivo no dejó a la persona con la que convive el socio disfrutar de sus privilegios como consorte
Un juzgado de primera instancia de Algeciras declaró en estos últimos días visto para sentencia el caso del ciudadano de Tarifa Juan José Medina, socio del club social Pineda, de Sevilla cuya pareja de hecho, Matilde Aller, no puede disfrutar de los privilegios como consorte de socio por no haber matrimonio entre ambos.
Medina solicitó el alta de su pareja en 2006, cinco años después de que ambos iniciasen la convivencia. Ante el rechazo del citado club de su petición, inició un proceso legal que comenzó en Sevilla y que más tarde fue remitido a un juzgado de Algeciras.
En el juicio, la parte denunciante hizo valer las modificaciones legales que otorgan actualmente a las parejas de hecho un rango paritario con los matrimonios, que se traducen, por ejemplo, en la posibilidad de dejar pensiones de viudedad. Sobre el derecho del club a regir sus normas a través de los estatutos, los denunciantes alegan que no pueden ir contra la Constitución.