El tiempo en: Ayamonte
Lunes 11/11/2024
 

Málaga

Condenada por quedarse más de 76.000 euros dados por una pareja para evitar la subasta de su casa

Finalmente, fue adjudicada a terceros por no pagar las deudas

Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad Ai

La Audiencia de Málaga ha condenado a una mujer a cuatro años y medio de prisión y al pago de una indemnización por quedarse más de 76.000 euros entregados por un matrimonio para que abonara las deudas con el banco y evitar la subasta de la vivienda, ubicada en el municipio malagueño de Vélez-Málaga, que era el domicilio familiar y que finalmente fue adjudicada a terceros por el impago.

   Los hechos sucedieron en 1996. Según se declara probado en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el matrimonio entregó distintas cantidades a la acusada para que realizara esas gestiones con el banco, puesto que la vivienda se encontraba hipotecada en garantía del crédito en cuenta corriente concedido a la pareja y que el banco estaba ejecutando judicialmente.

   Así, a principios de 1996, el hombre y uno de sus hijos, que convivía en el domicilio familiar, hicieron varias entregas de dinero --entonces en pesetas--, bien en efectivo o con ingresos en cuentas vinculadas a la acusada, haciendo un total de 76.367 euros. Una de las cantidades la reclamó la mujer para la liberación definitiva de la vivienda, dice la sentencia.

   Pero la acusada, "lejos de aplicar las cantidades recibidas a abonar la deuda o a comprar en pública subasta el inmueble, lo incorporó de forma ilícita a su patrimonio", señala la Sala, añadiendo que como consecuencia de no pagar ese dinero, otro banco se adjudicó la casa en pública subasta, tomando posesión de la misma en noviembre de 1998.

   En tres ocasiones, queda probado, el perjudicado reclamó extrajudicialmente a la procesada la devolución de las cantidades. La mujer fue condenada en 2002 por otra sección de la Audiencia malagueña por un delito de estafa por hechos cometidos en 1995 y consta también otra sentencia por el mismo tipo delictivo de un juzgado de lo Penal.

   Según el Tribunal, en este caso se trata de un delito de apropiación indebida agravada y, según la prueba que se practicó en el juicio, queda probado que el matrimonio entregó distintas sumas a la acusada que operaba bajo un nombre comercial. La mujer alegó que se devolvió en metálico, a través de una sociedad de la que fue apoderada, la mayor parte del dinero.

   Para ello, aportó una fotocopia donde constaba una firma "que no fue reconocida por el perjudicado", mientras que no mostró documentación contable que apoyara dicha afirmación. Además de la pena de prisión, se le condena al pago de una multa de 3.240 euros y a indemnizar a la familia con la cantidad que se le entregó, es decir, con los 76.367 euros.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN