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Miércoles 27/11/2024
 

Provincia de Granada

Condenado a ocho años de prisión por intentar matar a un electricista tras una discusión

El tribunal le atribuye al procesado, José G.Q.R., de 50 años, un delito de tentativa de asesinato, por el que además deberá indemnizar a su víctima en la cantidad 33.228,56 euros, que ya ha consignado ante el juzgado, según se recoge en la sentencia

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La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Granada ha condenado a ocho años de prisión al propietario de un hotel de Cenes de la Vega (Granada) que fue enjuiciado por intentar asesinar con un cuchillo a un electricista con el que previamente había discutido por las labores que realizaba.

   El tribunal le atribuye al procesado, José G.Q.R., de 50 años, un delito de tentativa de asesinato, por el que además deberá indemnizar a su víctima en la cantidad 33.228,56 euros, que ya ha consignado ante el juzgado, según se recoge en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press.

   Los hechos se remontan al día 6 de marzo de 2012, sobre las 17,00 horas, cuando el inculpado mantuvo una discusión con el trabajador, con motivo de las labores que éste realizaba como empleado de la empresa SEMI, subcontratada por Sevillana-Endesa.

   Concretamente, se encargaba de las altas de electricidad de las casas adyacentes al hotel Don Gonzalo, propiedad del acusado y sito en la calle Real de Cenes de la Vega. Tras la discusión, el procesado se dirigió al interior del hotel, cogió un cuchillo de 15,3 centímetros y, provisto de él, accedió a la terraza de una de las viviendas, sabedor de que el trabajador se encontraba subiendo por las escaleras que había colocado en la fachada para acabar de recoger los materiales que había utilizado.

   Una vez allí, el acusado esperó a que el empleado asomara la cabeza por la repisa de la terraza, momento en que "con intención de acabar con su vida" le clavó el cuchillo en el cuello.

   Le produjo una herida de 8 centímetros de largo por 2 de ancho con trayectoria ascendente, que le afectó a varios vasos venosos, entre ellos la vena facial, así como nervios de la zona, que hubieran producido la muerte del afectado de no ser trasladado al centro médico de forma inmediata e intervenido quirúrgicamente.

   Además, como secuelas le han quedado síntoma de estrés postraumático con afectación de su vida laboral y familiar, alteraciones del sueño y alta reexperimentación del hecho traumático, irritabilidad nerviosismo, neuropatía múltiple postraumática, derrama mandibular del nervio facial derecho con hipoanestesia de la lengua; un perjuicio estético con afectación de la motilidad de la sonrisa; y cicatriz de 7,5 centímetros en zona de unión del cuello con mandíbula.

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