La Audiencia de Granada ha absuelto al coronel de la Guardia Civil que fue juzgado el pasado julio acusado de haber permitido en 2006 la entrada de toneladas de hachís por la costa granadina a cambio de dinero, al haber prescrito el delito contra la salud pública que se le atribuía y no haber quedado debidamente probado el de cohecho.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el tribunal sí considera acreditado el delito contra la salud pública atribuido a este coronel, que en el momento de los hechos tenía mando en todas las operaciones antidroga de la provincia y que se enfrentaba a una petición fiscal de nueve años y tres meses de prisión y una multa de 6,3 millones de euros. No obstante, no aplica la circunstancia agravante que pedían las acusaciones para evitar la prescripción.
La Sala determina que "en efecto acordó" con un confidente "la entrada de droga procedente de Marruecos" en el marco de una operación más amplia en la que el alijo del 2 de mayo de 2006 sería el destinado a ser confiscado por la Guardia Civil.
Junto a ello, considera probado un primer desembarco en el que la droga no fue interceptada, lo que impide saber con certeza si alcanzó el peso necesario para apreciar la agravante del delito que permitiría que la responsabilidad penal siguiera vigente.
Aunque el citado confidente dijo que en este primer desembarco "entraron 3.500 kilos" y los miembros de la Guardia Civil que observaron el alijo con cámaras térmicas lo cifraron en unos 120 fardos, la Audiencia recuerda que la droga no se interceptó y por tanto sólo se pueden establecer "hipótesis o conjeturas".
"El Tribunal no puede fundar su convicción sobre el peso de la misma, a los efectos de la referida agravación específica, en un recuento visual aproximado de lo que allí se descargó o en la experiencia arrojada por alijos similares con embarcaciones de las mismas características, o en las manifestaciones no corroboradas" del citado confidente, que está acusado en este proceso pero no pudo ser juzgado por encontrarse en paradero desconocido, al igual que un tercer procesado que regresó a su país de origen, Marruecos.
El delito contra la salud pública en cuantía de extrema gravedad que reclamaban las acusaciones tiene fijado un plazo de prescripción de diez años. En cambio, al no estimar acreditada la concurrencia de esa específica "superagravación" (que permitía la imposición de una pena superior), el plazo de prescripción es de cinco años, el cual se ha excedido desde la comisión de los hechos en 2006 hasta la imputación del acusado en 2015.
La acusación ejercida por la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) pidió 13 años de cárcel, 15 años de inhabilitación y el pago de multas que superaban los diez millones de euros, mientras que la defensa solicitó la libre absolución para el coronel, que se declaró inocente en el juicio.