El tiempo en: Ayamonte
Jueves 14/11/2024
 
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Ronda

Nueva condena de prisión para el monitor que embaucó a niños para lograr fotos sexuales

El procesado ejercía de monitor de cabañas y responsable de dormitorios en un campamento de Ronda

Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
  • Audiencia Provincial Almería -

La Audiencia Provincial de Almería ha impuesto otros 21 meses de prisión al hombre condenado a penas que suman 25 años y medio de cárcel por embaucar a varios menores con quienes estableció una relación siendo monitor y enfermero de un campamento de verano en Ronda (Málaga) para que estos le mandaran fotografías íntimas entre 2014 y 2016.

La sentencia de la Sección Tercera, a la que ha tenido acceso Europa Press, condena a A.J.G.C., de 31 años, por un delito de utilización de menores para la elaboración de material pornográfico y, al margen de la pena de cárcel, le impone libertad vigilada por seis años y alejamiento por el mismo periodo de la víctima, a quien no podrá acercarse y con quien no podrá comunicarse.

El tribunal considera probado que el procesado, quien tuvo a su cargo a "numerosos menores de edad", generó "lazos afectivos" con el menor, quien entonces contaba con 13 años, y que mantuvo con él "conversaciones de temática sexual por las aplicaciones de Whatsapp e Instagram".

Añade que, con fines "exclusivamente libidinosos", le provocó "para tratar de obtener fotos o vídeos" hasta lograr que le mandase una foto en la que "mostraba la zona púbica".

El falló indica, frente a la defensa que solicitó la libre absolución, que el contenido sexual de la imagen "no es cuestionable" y que encaja en el tipo penal porque el procesado "pretendió y consiguió hacerse con ella mediante un ardid con ánimo lascivo", lo que colma tal fotografía "el concepto de material pornográfico".

Remarca que el testimonio que prestó en sala la víctima es una "prueba contundente y del todo creíble" frente a la versión exculpatoria de A.J.G.C., que sí admitió que conocía al adolescente y que mantuvo contacto con él por redes sociales.

El tribunal señala que el menor aportó a la Guardia Civil el extracto de las conversaciones por mensajería y el archivo de la fotografía, lo que son "evidencias que confirman el relato de cargo".

Al hilo de esto, recuerda que los agentes que depusieron en juicio" ilustraron a la sala sobre el contexto en que se produjeron los hechos, insistiendo en que no fue algo aislado sino que el acusado actuó del mismo modo con otros muchos menores, habiendo sido enjuiciado en causa aparte por ello, lo cual confirma tanto el relato del menor como el interés del acusado en obtener la fotografía como material pornográfico".

La Sección Tercera impone a A.J.G.C. un año y nueve meses de prisión frente a los seis años de cárcel que interesó la Fiscalía debido "a la moderada gravedad de los hechos" y le inhabilita por periodo de dos años para ejercer como monitor o enfermero con menores de edad.

Esta nueva condena llega después de que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ratificase el fallo que le sentenció como autor de seis delitos de embaucamiento, ocho de difusión pornográfica a menores de edad, tres delitos de elaboración de material pornográfico infantil agravados y un delito de exhibicionismo, si bien fijó como máximo 15 años de cumplimiento de prisión conforme al ordenamiento penal vigente.

El Alto Tribunal andaluz confirmó la resolución de instancia y dio por probado que durante el verano de 2016 el acusado tenía a su cargo a cerca de medio centenar de menores, con edades comprendidas entre los 10 y 17 años, en un campamento de Ronda donde ejercía de monitor de cabañas y responsable de dormitorios, aunque con anterioridad también había realizado labores de enfermería.

Una vez acabado el verano de 2016, se comunicó "con fines exclusivamente libidinosos" con al menos con once varones menores de edad a los que, tras generar con ellos lazos de confianza, pidió fotografías de contenido sexual, con quienes generó conversaciones de carácter íntimo y a quienes les envió vídeos con contenido pornográfico explícito.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN