El sindicato Sindicato de la Policía Local Independiente SPLI-UPLBA considera que no “sacar del cajón” la creación de una nueva Relación de Puestos de Trabajo (RTP), propuesta en este mandato corporativo por la coalición PSOE-CS, demuestra la “ineficacia” del pacto de gobierno de solucionar la situación económicamente caótica que mantiene el Ayuntamiento con su personal, al ser “incapaces de resolver el déficit de plantilla municipal, la falta de control de los puestos de trabajos y la reorganización de la plantilla municipal, utilizando el presupuesto para gastos en excesos y despilfarros innecesarios”.
En el Acuerdo de Gobierno entre el partido Socialista (PSOE) y el partido Ciudadanos (Cs) publicado en la página web del Ayuntamiento, para la gobernabilidad de la ciudad de San Fernando durante la legislatura 2019-2023, ambos partidos acordaron “crear una nueva RTP) adaptándola a los futuros retos y necesidades de la ciudad y de forma coordinada con la representación sindical.
Hasta la fecha no se ha facilitado a los sindicatos esa información ni convocado negociación colectiva o realizado la consulta preceptiva con la representación de los empleados públicos municipales, a través de las organizaciones sindicales reconocidas en el Ayuntamiento de San Fernando, como son la Junta de Personal, el Comité de Empresa y la Mesa General de Negociación.
La Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de San Fernando, vigente en la actualidad, aprobada por Acuerdo de Pleno de 11 de julio de 2000 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, número 165, de fecha 18 de julio de 2000, y con las modificaciones parciales que ha experimentado desde entonces, “se ha quedado obsoleta y no obedece a la realidad, por lo que requiere de la actualización necesaria con la plantilla municipal existente y número de puestos de trabajo efectivos, para adecuarla a las necesidades del servicio público que demanda la ciudadanía”.
El sindicato insiste en que la Relación de Puestos de Trabajo debe incluir la totalidad de los puestos existentes que se hayan dotado presupuestariamente según el artículo 90 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local y que éstos deben corresponderse con la plantilla presupuestaria que no es sino la relación de plazas dotadas que corresponden a cada Grupo o Cuerpo de funcionarios, por lo que el aumento o disminución de puestos conlleva automáticamente el aumento o disminución de plazas.
La valoración de los puestos de trabajo, al ser materia de negociación colectiva en la RPT, debe reflejar la estructura salarial y catálogo de las funciones de todos los empleados municipales, ajustada a la realidad y legalmente encuadrada.
“Sin embargo existe malestar en la plantilla municipal generada por la carga de trabajo ante el déficit de personal y por el agravio comparativo con determinados empleados municipales que sin embargo gozan de privilegios y mejoras económicas cuyo rendimiento es imposible valorar con criterios objetivos cuantificables, o han sido resueltas por Decreto de Alcaldía mediante el abono de retribuciones específicas sin negociación, generando una brecha salarial de desigualdad en perjuicio del resto de la plantilla municipal que desempeñan el mismo puesto de trabajo o realizan las mismas funciones en otro Área municipal, y no tienen la misma oportunidad para mejorar sus condiciones laborales y económicas”, insiste el SPLI.