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Miércoles 13/11/2024
 
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Sanlúcar

Por Sanlúcar Sí se Puede analiza el IBI de la ciudad

Comunica su apuesta por un impuesto progresivo y justo para Sanlúcar

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  • Manuel Comesaña, David Alhambra y Rocío Díaz -
  • Valora que desde el 2105 ha presentado propuestas para buscar progresividad y justicia social
  • Recuerda que en estas fechas hay que revisar las ordenanzas fiscales y

El Grupo Municipal Por Sanlúcar Sí se Puede-Podemos da a conocer en un comuciado su apuesta por “un impuesto progresivo y justo para Sanlúcar”. Hace constar que “en estas fechas nos enfrentamos, como cada año, a la responsabilidad de revisar las ordenanzas fiscales y patrimoniales que afectan a los bolsillos de toda la ciudadanía. Ya vimos en el pasado Pleno del 21 de diciembre la evidente falta de voluntad del Equipo de Gobierno del PSOE de tomar nuestras propuestas de Suministro Vital de Agua o de aplicación de bonificaciones a las personas con diversidad funcional para el uso de la piscina municipal o de la escuela de vela. En próximas fechas nos enfrentamos a una de las tasas más temidas por toda la población, el I.B.I.”.

Recuerda que grupos como Ciudadanos proponen una bajada del 5% para todo el mundo de este tipo impositivo, eso es lo que se llama “el canto del cisne” para obtener el aplauso y los vítores de algunos, olvidando su responsabilidad en el gobierno anterior como CIS. También que desde que dio los primeros pasos en el 2015 como Por Sanlúcar sí se Puede presentó propuestas para buscar progresividad y justicia social, que permitirían rebajar la carga fiscal a los más desfavorecidos y establecer tasas en progresión, quién más gana más paga.

En las propuestas quedaban recogidas revisar anualmente a la baja el tipo impositivo del IBI, única propuesta puesta en marcha por el PSOE ante la presión pública), las bonificaciones permitidas por la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, viviendas de protección oficial y las que resulten equiparables a las mismas, los inmuebles que constituyan el objeto de la actividad de las empresas de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria tanto de obra nueva como de rehabilitación equiparable a ésta, los bienes rústicos de las cooperativas agrarias y de explotación comunitaria de la tierra, así como asentamientos de población singularizados por su vinculación o preeminencia de actividades primarias, etc.), como por ejemplo, bonificación de hasta el cinco por ciento de la cuota a favor de los sujetos pasivos que domicilien sus deudas (Artículo 9); ayuda para el pago del impuesto sobre bienes inmuebles, dirigida a pensionistas (tercera edad y discapacitados), por una cantidad equivalente a un máximo del 50% de la cuota anual del IBI; aplicar a las viviendas deshabitadas en manos de entidades el recargo por inmuebles urbanos de uso residencial desocupados con carácter permanente (recargo de hasta el 50 por ciento de la cuota líquida del impuesto), determinar la existencia, así como la cantidad, de a deuda contraída por la Iglesia Católica en concepto de IBI por aquellos bienes inmuebles en los que se lleve a cabo actividades comerciales o no estrictamente religiosos, como recomienda el Tribunal de Cuentas. “Ninguna de estas propuestas relativas al IBI nos las hemos inventado nosotros, vienen recogidas en la legislación española, su aplicación permitiría una mayor recaudación, más justa, a la vez que rebajar el tipo impositivo aplicado en Sanlúcar”. 

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