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Jueves 14/11/2024
 
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Sevilla

La CHG ve solo un "error de forma", que corregirá, en la designación del dragado en el Plan Hidrológico

El "estado de vida" de la iniciativa no cambia con este fallo judicial, según el presidente del organismo de cuenca

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La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG) ha considerado un simple "error de forma", que corregirá aprovechando el plazo abierto hasta el 30 de junio para la participación pública en el Plan Hidrológico del Guadalquivir, la designación del dragado de profundidad que promueve la Autoridad Portuaria de Sevilla en dicho plan como medida complementaria, algo que rechaza el Tribunal Supremo (TS), que ha anulado el articulado del planeamiento relativo al dragado y considera que la medida no está "explicada ni justificada".

   El presidente de la CHG, Manuel Romero, ha subrayado a Europa Press que los tribunales, de hecho, ya han dado la razón en "tres recursos y medio", de los cuatro existentes, al organismo de cuenca en lo que respecta a la impugnación del plan promovida por entidades como la Junta de Andalucía, regantes o la Unión de Pequeños Agricultores (UPA).

   "Es un tema más de forma que de fondo", defiende Romero, que ve "imprudentes" las declaraciones de la Junta relativas a que el fallo del Supremo supone la anulación del Plan Hidrológico, "cuando ellos mismos recurrieron a la totalidad y el plan sigue en vigor".

   Y es que, según ha reivindicado el presidente de la CHG, siendo el dragado "un tema muy importante", éste "no deja de ser una entre un centenar de actuaciones", reduciéndose el problema, desde su óptica, a que "no lo hemos pintado bien".

   Romero ha destacado que la sentencia del TS supone únicamente anular un artículo de los 68 existentes en el planeamiento y que, de hecho, las reclamaciones del colectivo WWF relativas al mal estado de la masa de agua han sido desestimadas.

   En cuanto al dragado, incluido dentro de un proyecto de actuación de mejora con 232 millones de presupuesto, de los cuales unos 202 se han invertido ya en la nueva esclusa del Puerto de Sevilla, "podemos mejorar, por supuesto que sí: lo que debería haber aparecido como medida compensatoria es la recuperación de las márgenes, actuación contemplada en los condicionantes de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) vigente desde 2003".

   Esos once condicionantes son, ha recordado el presidente del organismo de cuenca, los que debe cumplir la Autoridad Portuaria sevillana: "ahí es donde está el asunto fundamental". "El estado de vida del dragado no cambia por esta sentencia", agrega Romero, que se muestra "encantado" de que el Supremo dé la oportunidad de corregir los términos del Plan Hidrológico.

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