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Viernes 15/11/2024
 
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Sevilla

Condenan a una aseguradora a pagar 200.000 euros por fallecer de gangrena por un error

La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a una aseguradora médica a indemnizar con 200.000 euros, (124.020 de principal, más intereses y costas) a la familia de J.C.D., de 64 años, quien falleció a causa de una gangrena tras un error médico del hospital donde fue tratado

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La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a una aseguradora médica a indemnizar con 200.000 euros, (124.020 de principal, más intereses y costas) a la familia de J.C.D., de 64 años, quien falleció a causa de una gangrena tras un error médico del hospital donde fue tratado.

Esta sentencia confirma una anterior resolución de del Juzgado de Primera Instancia 4 de Sevilla y da la razón a la defensa del fallecido, que ha ejercido El Defensor del Paciente, entidad que ha informado hoy de este fallo en un comunicado.

Los hechos se remontan al 14 de octubre de 2007, cuando el asegurado, acudió a un hospital de Sevilla de la aseguradora condenada con un testículo inflamado y fiebre.

Pese a que en los días sucesivos se consignó en su historia médica que el paciente presentaba un importante edema testicular, con signos de sobreinfección, analítica alterada, y signos de infección, "el joven internista que lo atendió consideró por error que se trataba de una hernia inguino-escrotal", según el comunicado de El Defensor del Paciente.

El internista, pese a la insistencia de la familia, se negó a llamar a un urólogo y ya el 19 de octubre llamó al cirujano que nada más ver al paciente descartó que se tratara de una hernia y diagnosticó un proceso infeccioso de rapidísima progresión denominado gangrena de Fournier.

Pese a este diagnóstico, hasta el 22 de octubre, no se le practicó al enfermo el tratamiento quirúrgico recomendado y el paciente falleció tres días después.

La Audiencia de Sevilla ha confirmado los argumentos de la anterior sentencia y ha destacado que no se le hicieran al paciente cultivos, ni se llamara al urólogo, ni se le practicara ninguna actuación quirúrgica, según ha explicado la abogada María Jesús Villalpando, especialista en Derecho Sanitario de los servicios jurídicos de 'El Defensor del Paciente'.

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