La Audiencia de Sevilla ha confirmado la multa de 240 euros a la que fue condenado el jefe de la Policía Local de Las Cabezas de San Juan (Sevilla) por amenazar a un agente, al que le dijo que, como le pasara algo en un juicio por la denuncia que le puso, le iba a pegar "dos tiros".
El jefe policial fue condenado por el juzgado de instrucción 1 de Lebrija por una falta de amenazas que cometió el 9 de enero de 2015, día en el que el agente estaba conversando con un compañero de paisano, al que le decía que había ido al Ayuntamiento para quejarse por un problema con su jefe y por la valoración de su trabajo.
En ese momento, señala la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe y que no se puede recurrir, el jefe de la Policía Local le dijo que subiera a su despacho para valorar su trabajo.
En el despacho empezó una discusión en la que el agente le dijo a su jefe: "guárdate el dinero que lo vas a necesitar", tras lo cual el superior le contestó: "como me pase algo en el juicio te voy a pegar dos tiros", y añadió: "¿a ti te han quemando ya dos coches, no? Pues ten cuidado no vaya a ser que te quemen otro".
Después de la condena del juzgado de Lebrija, el jefe policial recurrió ante la Audiencia por error de valoración probatoria y vulneración del derecho a la presunción de inocencia, lo que ha rechazado la magistrada de la sección primera Esperanza Jiménez.
El jefe condenado alegó que la condena se basaba en una prueba que carecía de fiabilidad porque entre ambos, que tienen pendiente otro procedimiento penal, existían "malas relaciones", y añadía que tampoco había buenas relaciones con el testigo de cargo presentado.
La juez de la Audiencia, tras examinar las actuaciones y ver la grabación del juicio celebrado en Lebrija, afirma que "el recurso no puede prosperar".
Para llegar a esta conclusión, explica que la juez de Lebrija "valoró sus declaraciones para concluir que los hechos denunciados fueron reales y considerar los mismos constitutivos de una falta de amenazas, valoración con la que se podrá (como de hecho ocurre) discrepar, pero no negar la existencia de unas pruebas que se practicaron con todas las garantías".
Respecto al error de valoración, el jefe policial se quejó de que no se había sopesado convenientemente "la manifiesta animadversión" del denunciante y del testigo hacia él porque les hacía "valoraciones periódicas que en muchas ocasiones no eran favorables, lo que tenía repercusión en su nómina".
Sin embargo, la magistrada de la Audiencia asegura que los testimonios hechos en el juicio "fueron creíbles y verosímiles", y agrega que "no resta valor a las declaraciones" que el agente tardara en presentar la denuncia y no recordara con exactitud el día de enero en que ocurrieron los hechos.
La magistrada muestra su convicción en que se produjo el enfrentamiento por "las malas relaciones que pudieran existir" entre ambos, "que vienen de atrás", así como por "las constantes evaluaciones negativas en el desempeño de su trabajo", lo que tenía repercusiones económicas y suponían "un caldo de cultivo evidente" para ello.