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Jueves 14/11/2024
 
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Sevilla

Condenan al exalcalde de Burguillos a una multa tras petición de 5 años

La Audiencia de Sevilla ha condenado al exalcalde de Burguillos (Sevilla) José Juan López (PSOE) a una multa de 9.000 euros y a ocho años y medio de inhabilitación por un delito continuado de prevaricación urbanística, mientras que en el juicio, la Fiscalía pidió cinco años de prisión y 18 de inhabi

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La Audiencia de Sevilla ha condenado al exalcalde de Burguillos (Sevilla) José Juan López (PSOE) a una multa de 9.000 euros y a ocho años y medio de inhabilitación por un delito continuado de prevaricación urbanística, mientras que en el juicio, la Fiscalía pidió cinco años de prisión y 18 de inhabilitación.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, se condena al que fuera alcalde entre 1995 y 2009 por conceder autorizaciones y licencias de primera ocupación para diversas urbanizaciones pese a que carecían de conexión con el abastecimiento energético y mediaban informes técnicos y jurídicos contrarios a la entrega de las licencias.

En enero del año pasado, un juzgado de Sevilla condenó al exalcalde a un año y seis meses de prisión así como a nueve años de inhabilitación por un delito continuado contra la ordenación del territorio y prevaricación urbanística.

En la última sentencia se recuerda que la condena de la sección primera de la Audiencia se produce tras una denuncia presentada en 2011, y se precisa que se absuelve al exalcalde de los demás delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos de los que se le acusaba.

La absolución de estos delitos se debe a que "se plantea la duda en cuanto al suficiente grado de advertencia y reiteración que permitiera" imponerle una pena, señala la sentencia antes de recordar "los perjuicios derivados" de la "inadecuada gestión" del alcalde, "cuyos efectos negativos se han prolongado en el tiempo".

Además, los jueces señalan que existen "pocas dudas respecto a arbitrariedad de las resoluciones dictadas" por el exalcalde sobre la concesión de licencias de primera ocupación, lo que hizo a pesar de "la reiteración de los informes desfavorables".

Esos informes fueron "emitidos en su mayoría de forma unánime, poniendo de manifiesto el hecho evidente de la carencia regular de un suministro básico, como la energía, para la habitabilidad de las viviendas", señala la sentencia.

También se añade que se ha puesto de manifiesto la "gestión desacertada de los asuntos públicos que tenía encomendados" el exalcalde en materia urbanística.

Los "resultados negativos" de esta gestión "pudieron haberse mitigado si hubieran atendido a los reiterados informes desfavorables emitidos por los técnicos que tenían la misión de prestarle asesoramiento", afirma la sentencia.

Sin embargo, el exalcalde impuso "su voluntad concediendo las licencias de primera ocupación frente a las reiteradas advertencias de ilegalidad", indica el fallo judicial, que descarta que su propósito fuera "la distracción de caudales públicos" sino "dar respuesta a un problema de orden social desde la Corporación".

En este sentido, la sentencia incluye la asunción de los gastos de gasóleo de los generadores instalados para el suministro eléctrico una vez que las empresas constructoras, otorgadas las licencias, declinaron seguir abonándolo.

El magistrado ponente señala en su resolución que a la hora de juzgar al exalcalde se ha tenido en cuenta la legislación vigente en el momento de sucederse las conductas y los hechos denunciados, legislación que desde el 2010 ha sido modificada con un endurecimiento penal de estas conductas.

Por otra parte, la Audiencia absuelve al que fue arquitecto técnico del Ayuntamiento, F.A.G.R., de los delitos de prevaricación de los que venía siendo acusado porque no era quien tomó las decisiones, lo que hizo el alcalde, y en sus informes sí que había manifestado las deficiencias que existían.

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