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Lunes 25/11/2024
 
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Sevilla

Junta apunta que Cobre las Cruces opera cumpliendo la norma ambiental

Podemos pide la suspensión cautelar de la mina "hasta que la actividad sea legal" tras la sentencia del TS que avala la anulación de la resolución de 2009

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  • La mina -

El consejero de Empleo, Empresa y Comercio, José Sánchez Maldonado, ha asegurado que la mina Cobre Las Cruces opera cumpliendo la normativa medioambiental y considera que la Administración competente en materia de minas "podría dictar nueva resolución en la que se vuelva a levantar la suspensión de las labores de profundización de la corta", mientras que la diputada de Podemos Mercedes Barranco ha pedido la suspensión cautelar de la mina hasta que "la actividad sea totalmente legal".

Tanto el consejero como la diputada de Podemos han debatido sobre la sentencia del Tribunal Supremo que avala la anulación de la resolución de 2009 que permitía la reactivación de Cobre las Cruces. El consejero ha dejado claro que la sentencia "no afecta, en modo alguno, a la operatividad diaria en el yacimiento".

En respuesta a una pregunta en el pleno del Parlamento andaluz, el consejero ha apuntado la complejidad de la situación y ha precisado que los servicios jurídicos están analizando la sentencia y los efectos de la misma.

No obstante, ha aclarado que el objeto del recurso era la resolución de la entonces Consejería de Innovación Ciencia y Empresa, de 7 de abril de 2009, por la que se levantaba la suspensión de las labores de profundización de la corta de la empresa de referencia, y que daba por solventadas las incidencias que determinaron la suspensión de la actividad por la propia Administración.

Ha indicado que esta última sentencia "reputa que dicha resolución traía causa en la autorización por parte de la Agencia Andaluza del Agua, del sistema integral de gestión de aguas, que se hizo en 2009, y por la que se autoriza la modificación de las obras del sistema de drenaje reinyección (SDR) que presentó la empresa".

Asimismo, recuerda que "la anulación de la resolución de la Agencia Andaluza del Agua se produce como consecuencia de su consideración como órgano incompetente, cuestión que se produce, a su vez, por la sentencia del Tribunal Constitucional que declara inconstitucional y anula el artículo 51 del Estatuto de Autonomía para Andalucía y las posteriores sentencias del Tribunal Supremo de 2011, que anulan el Real Decreto de las transferencias a la Junta de Andalucía".

En ese sentido, y según la sentencia del Supremo, el organismo de cuenca competente, la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, "dictó resolución el 24 de octubre de 2013, por la que se vuelve a autorizar, en análogos términos que la Agencia del Agua julio de 2009, la modificación de las obras del sistema de drenaje reinyección".

Por tanto, el consejero ha asegurado que, siguiendo el mismo razonamiento judicial, "si existe tal resolución del organismo de cuenca competente, que según la sentencia es presupuesto del levantamiento de la suspensión, la Administración en materia de minas podría dictar nueva resolución en la que, a la vista de la anterior, se vuelva a levantar la suspensión de las labores de profundización de la corta, con los mismos condicionantes técnicos que convalida la CHG".

No obstante, el consejero asegura que Cobre Las Cruces "opera con un sistema que garantiza la protección al medio ambiente y al dominio público hidráulico, de acuerdo con dos dictámenes técnicos -en su momento órganos competentes-- de la Agencia Andaluza del Agua y la CHG".

De esta forma, deja claro que ese sistema "cuenta con el respaldo normativo y legal que le proporciona la resolución de la CHG de 24 de octubre de 2013". Asimismo, ha apuntado que la sentencia "no afecta, en modo alguno, a la operatividad diaria en el yacimiento".

Por su parte, la diputada de Podemos Mercedes Barranco, quien ha aludido a esa reciente sentencia del Supremo que desestima a su vez los recursos de casación presentados por la Junta y por Cobre Las Cruces por la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que declaraba contraria a derecho la resolución de suspensión de las labores de profundización de la corta minera de Cobre Las Cruces.

En ese sentido, Barranco considera que esta explotación "opera en situación de alegalidad desde verano de 2009", por lo que considera que "la reapertura de la mina es ilegal", y considera que la propuesta que pone sobre la mesa la Junta de elaborar una nueva resolución "da cobertura al problema administrativo legal".

No obstante, apunta al problema ambiental "pues la empresa esta sobreexplotando el acuífero, que es una reserva estratégica para el consumo humano en época de sequía para los municipios de la zona", insistiendo en que la empresa "está sobreexplotando el acuífero pues tiene autorización para explotar 180.000 metros cúbicos de agua pero empela muchos mas, y además la empresa está procesada por contaminar ese acuífero".

Por tanto, Barranco indica que "la posible resolución de la junta solo pondría fin al problema administrativo de ilegalidad, pero no pone fin al problema ambiental que tenemos y seguirá el procedimiento judicial".

Podemos considera que "ni la CHG ni la Junta han cumplido con su trabajo, y la Junta ha auspiciado las prácticas depredadoras del patrimonio y se ha puesto del lado de la multinacional".

Por ello, ha pedido la suspensión cautelar de la actividad de la mina "hasta que las autorizaciones y la actividad sea legal".

El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado los recursos de casación promovidos por la Junta de Andalucía y la empresa Cobre las Cruces, que explota la corta minera ubicada entre Gerena, Guillena y Salteras, contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que anuló la resolución autonómica de 2009 que autorizaba la reanudación de los trabajos de profundización en la corta, previamente suspendidos por toda una serie de infracciones.

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