La Audiencia Provincial de Sevilla no ha admitido a trámite el recurso de súplica presentado por María Salmerón contra la decisión de una jueza de mandarla a la cárcel por no acudir varias veces a un punto de encuentro familiar a entregar a su hija a su exmarido, condenado a su vez por maltratar a la mujer.
En una providencia fechada el 28 de septiembre a la que ha tenido acceso Efe, la Sección Primera de la Audiencia sevillana informa a la demandante de que no admite su recurso contra otra providencia dictada por la misma Sala el pasado 16 de julio porque esa resolución no era "susceptible de ser recurrida".
La Audiencia confirma así el auto emitido el pasado 10 de julio por el Juzgado de lo Penal número 6 de Sevilla, que ordenó el "inmediato cumplimiento" de la pena de nueve meses de cárcel que impuso hace un año a Salmerón por un delito continuado de desobediencia grave a la autoridad con la agravante de reincidencia.
Según la jueza, Salmerón "dejó de cumplir reiteradamente" las resoluciones que la obligaban a entregar a la niña al padre hasta en ocho ocasiones, una en julio de 2012 y siete entre julio y octubre de 2014.
Su defensa presentó un incidente de nulidad que la Audiencia ya desestimó y ahora está a la espera de que el Juzgado de lo Penal decida sobre el recurso de reforma que también presentó contra el auto de ingreso en prisión, en el que, entre otras medidas cautelares, solicitó la libertad provisional.
El recurso de súplica ahora inadmitido era un paso previo a pedir amparo al Tribunal Constitucional, si bien el abogado de la sevillana, José Estanislao López, confía en que la jueza de lo Penal suspenda la ejecución de la condena de nueve meses.
"La pena no supera los dos años, se puede pagar una indemnización y ella no es reo habitual porque no ha sido condenada tres veces en los cinco últimos años. Desde septiembre de 2015 ha sido condenada, pero por hechos anteriores a esa fecha", ha indicado a Efe.
"Las mujeres y los menores no tenemos justicia en España. El dinero, para el maltratador, y las mujeres, al hoyo. Vamos a llegar al Constitucional, a Estrasburgo y a la ONU", señaló el pasado julio Salmerón, que también fue condenada a indemnizar con 3.000 euros a su expareja, Antonio Domingo Ruiz Daza.
La auxiliar de enfermería, en declaraciones a los periodistas, tildó la condena de "injusta" porque su hija, que entonces tenía trece años, "decía que no quería ir con su padre", quien fue condenado a veintiún meses de cárcel por malos tratos.
La jueza de lo Penal condenó a Salmerón el 14 de junio de 2019 y la Sección Primera de la Audiencia sevillana ratificó la sentencia el pasado 19 de mayo, por lo que el juzgado de origen ordenó a Salmerón que entrase en la cárcel en un plazo de quince días.
La sevillana ya fue condenada en 2010 por incumplir el régimen de visitas, pero el Gobierno le concedió tres indultos parciales, el último en julio de 2016, cuando le conmutó la prisión por treinta días de trabajos comunitarios.
El Tribunal Supremo revocó ese indulto en marzo de 2018 porque Salmerón no cumplió con esos trabajos ni pagó la indemnización, pero la pena fue declarada prescrita por otra jueza de lo Penal de Sevilla el 28 de mayo del mismo año.
Sevilla
La Audiencia no admite recurso de María Salmerón contra ingreso en prisión
Confirma el auto del Juzgado de lo Penal número 6 que ordenó el "inmediato cumplimiento" de la pena por un delito continuado de desobediencia grave
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