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Sábado 16/11/2024
 

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Cosentino pagó 100.000 euros a un enfermo de silicosis para evitar el juicio

Tras una demanda por silicosis, indemniza y evita enfrentarse a los tribunales, como ocurrió en Bilbao antes del verano. Esta sentencia se conocerá en breve

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  • Cortando piezas de granito. -

Falta bien poco para conocerse el fallo del Juzgado de lo Penal Número 5 de Bilbao que ha investigado la demanda interpuesta por varios trabajadores de Durango (Vizcaya) que denunciaron a la empresa marmolista Novogranit en la que habían trabajado y a Cosentino, como distribuidora del Silestone, por un presunto delito contra los derechos de los trabajadores y otro de lesiones imprudentes. Es muy posible que se conozca la resolución judicial en octubre.

En esta ocasión la empresa andaluza no logró evitar el banquillo, como ha ocurrido en ocasiones anteriores. La última la hemos conocido a través de una sentencia dictada hace unas semanas por el Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba. Se trataba de un caso en el que una de las partes demandadas inicialmente, COSENTINO, ya no figuraba en el listado de denunciados. La empresa fabricante de mármol, granito y Silestone, con sede en Almería, había optado en octubre de 2022 por evitar los tribunales y alcanzó un acuerdo con el trabajador de una marmolería que denunció tras contraer la enfermedad de la Silicosis.

Tras el abono de 100.000 euros se acordó la “suspensión del juicio” contra COSENTINO SAU y Francisco Martínez Cosentino, presidente del Grupo Cosentino desde 1979.

El demandante, trabajador marmolista en un municipio cordobés entre los años 2000 y 2011, reclamaba a las partes codemandadas 250.000 euros “en concepto de indemnización por daños y perjuicios”. Le fue concedido el grado de incapacidad permanente total para la actividad profesional de marmolista derivado de enfermedad profesional.

La sentencia recoge como “hechos probados” que “con relación a materiales que contenían polvo de sílice cristalina aspirable:

- El trabajador no fue formado en relación con los riesgos derivados de esta sustancia.

- Su trabajo se realizaba no solo en húmedo, sino también en seco, aumentando la exposición al polvo de sílice.

- No ha quedado probado que se realizara una evaluación del riesgo derivado de la existencia de polvo de sílice ni la actuación preventiva correspondiente, sin que conste la implantación de medicas para su eliminación o reducción, ni la realización de mediciones para conocer los niveles de este material en el centro de trabajo.

- No consta la realización de reconocimientos médicos de la salud que evaluaran el riesgo de la salud objeto de análisis.

- Las mascarillas facilitadas de manera ocasional eran de celulosa, procediendo al lavado de la ropa de trabajo en el propio domicilio del trabajador y sin que la limpieza de las instalaciones se realizara en húmedo, sino en seco”.

LA SENTENCIA: DESCONTENTO EN 'APSA SILICOSIS' 

En sus conclusiones, el juez deja claro que “no existe a nuestro juicio duda en  cuanto a la relación de causalidad entre las diferentes enfermedades profesionales producidas y la omisión de medidas de prevención y/o protección adecuadas al tipo de riesgo derivado de la manipulación de un producto especialmente tóxico”. Sin embargo, argumenta que es por “desconocimiento” sobre la “peligrosidad del producto” antes del año 2009.

Así las cosas, la sentencia determina, basándose en el baremo de tráfico, que el importe que le correspondería al demandante “excede de los 100.000 € ya percibidos (en acuerdo previo a la celebración del juicio con Cosentino), por lo que no existe derecho a importe alguno por este concepto”.

Desde la Asociación de Perjudicados por la Silicosis de Andalucía, APSA, lamentan el fallo judicial: “Viene a decir que la enfermedad vale 71.000 euros, menos que si se rompe un dedo en un accidente. Se van de rositas todos. El único que ha puesto los dineros ha sido Cosentino”, critica Francisco Torrico, presidente del colectivo.

Pero el miedo de APSA no es ya el fallo aislado de la sentencia, sino que pueda sentar jurisprudencia y otros jueces se basen en ella. Por ello, anuncian su intención de presentar recurso y acudir al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

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