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Viernes 15/11/2024
 
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Andalucía

El BOE publica el indulto parcial para José Luis Peñas, el denunciante de la Gürtel

El exconcejal del PP fue penado por delitos de asociación ilícita, cohecho, falsedad documental, fraude, malversación de caudales públicos y prevaricación

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  • El denunciante de la trama Gürtel José Luis Peña. -

El Boletín Oficial del Estado ha publicado en la mañana de este miércoles el indulto aprobado ayer por el Consejo de Ministros para el denunciante de la 'Gürtel', el exconcejal del PP de Majadahonda José Luis Peñas, que fue condenado por su implicación en la trama.

El exconcejal del PP fue penado por delitos de asociación ilícita, cohecho, falsedad documental, fraude, malversación de caudales públicos y prevaricación, con la atenuante de confesión, a 5 años y 3 meses de prisión, 5 años y 1 mes de inhabilitación absoluta, 7 años y 6 meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público y 130.600 euros de multa.

El martes, tras proponerlo el ministro de Justicia, Félix Bolaños, el Gobierno aprobó el indulto en una reunión del Consejo de Ministros, alegando que se basa en "razones de justicia y equidad", y que permite que Peñas pueda seguir con su medio de vida como funcionario en el Ayuntamiento de Madrid y no se le inhabilite, lo que podría dar el mensaje de que denunciar la corrupción puede no ser rentable.

La fórmula que recoge el BOE para el indulto, que cuenta con la firma del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, es la siguiente: "Vengo en conmutar a don José Luis Peñas Domingo las dos penas de inhabilitación absoluta impuestas por otras dos de inhabilitación especial --de idéntica duración de las conmutadas-- para cargos públicos de libre designación o elección, así como la imposibilidad de obtener otros análogos durante el tiempo de duración de la pena (...) a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en un plazo de seis años desde la publicación del real decreto".

De este modo, las dos penas de inhabilitación absoluta sobre Peñas han sido conmutadas e impuestas por otras dos de inhabilitación especial (de idéntica duración a las conmutadas) para que pueda ejercer cargos públicos de libre designación o elección.

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