De este modo, el alto tribunal aplica la doctrina sobre la Ley del Jurado que adoptó el pasado mes de julio, en la que se aclara que asuntos deben ser llevados ante esta institución y cuáles a un tribunal convencional, y que no tiene carácter retroactivo, por lo que no ha podido aplicarse al "caso Fago".
La sentencia sobre el crimen de Fago condenó a Mainar por los delitos de asesinato, en concurrencia con atentado a la autoridad, y tenencia ilícita de armas, al considerar probado que el agente forestal quería matar a Miguel Grima por la "animadversión" que sentía hacia él desde que accedió al cargo de alcalde de Fago.